La copia autorizada del testamento es un documento público necesario para realizar ciertos trámites durante el proceso de la herencia. Su carácter de documento público la diferencia de la copia simple, que es un documento meramente informativo.
Entender esta sencilla diferencia es importante, ya que el valor de una y otra copia es diferente. Como se comprenderá, la copia autorizada del testamento tiene más fuerza que la copia simple, aunque también un mayor coste.
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¿Qué es la copia autorizada del testamento?
Las copias autorizadas son documentos expedidos por el Notario que tienen el mismo valor que las escrituras.
De hecho, la escritura original o matriz de cualquier operación queda en poder del Notario. Lo que implica que los documentos que tenemos en casa y a los que llamamos “escrituras” no son más que una copia autorizada de la matriz.
La copia autorizada del testamento se emite en papel notarial, firmada por el propio Notario. Esto le otorga una fuerza probatoria que la convierte en el documento idóneo para realizar operaciones sensibles, como las registrales o las probatorias.
Por supuesto, este incremento del valor probatorio supone también un incremento de su coste. De hecho, la copia autorizada del testamento es unas cinco veces más cara que la copia simple.
Sin embargo, aunque la copia simple te servirá para realizar trámites sencillos (por ejemplo, la liquidación de impuestos), es la autorizada la que necesitas para los más complejos (por ejemplo, una impugnación de testamento).
¿Cómo obtener la copia autorizada de un testamento?
Uno de los elementos que justifican el especial valor de las copias autorizadas es que se someten a un control de expedición. Además, todas las copias expedidas quedarán registradas para garantizar su trazabilidad.
De modo que a la hora de obtener la copia autorizada de un testamento se deberá acreditar un interés legítimo.
- Durante la vida del causante, solo el testador o una persona a la que haya apoderado podrán solicitar la copia del testamento.
- Tras su fallecimiento, podrá acceder a la copia toda aquella persona que demuestre un derecho sucesorio (herederos, legatarios, albaceas…).
Si, acreditado el interés legítimo, el Notario se negara a entregar la copia autorizada (cosa que no debería ocurrir), el interesado siempre podrá presentar su recurso de queja ante la Dirección General de Registros y del Notariado.
¿Dónde tengo que ir a buscar el testamento?
Para saber si el fallecido dejó testamento, cuándo lo hizo y dónde se encuentra registrado, deberemos solicitar el certificado de últimas voluntades. Mucha gente confunde este certificado con el testamento, pero esto es un error:
- El testamento es el documento donde el causante dejó por escrito sus últimas voluntades. Si intervino un Notario (que es lo más recomendable), se encontrará en su Protocolo,
- La copia del testamento, otorgada por el Notario, es una copia literal de este documento. Si es una copia simple tendrá valor informativo y nos servirá para realizar algunos trámites. Pero los trámites más relevantes requerirán que sea autorizada.
- Y el certificado de últimas voluntades es un documento que indica en qué Notaría se encuentra registrado el testamento. Por tanto, es allí donde tendremos que dirigirnos para pedir la copia autorizada del testamento.