¿Quién tiene derecho a la pensión de orfandad?

Cuando un trabajador fallece dejando hijos jóvenes, estos tienen derecho a cobrar la pensión de orfandad si se cumplen ciertos requisitos que te explicaremos en este artículo.

¿Quién puede ser beneficiario de una pensión de orfandad?

Pueden recibir la pensión de orfandad los hijos del causante fallecido, y en ciertos casos, aquellos que haya aportado el cónyuge sobreviviente siempre que:

  • Sean menores de 21 años o mayores incapacitados con el grado de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez.
  • Tengan más de 21 años y menos de 25, si no trabajan o, aun trabajando, tienen ingresos por debajo del Salario Mínimo Interprofesional. Si se da el caso de que el beneficiario esté estudiando y cumpla los 25 años durante el curso, se mantendrá la pensión hasta el primer día del mes inmediatamente anterior al del comienzo del siguiente curso.

¿Cuáles son los requisitos para causar el derecho a la pensión de orfandad?

En aquellos casos en los que el fallecimiento se ha producido a partir de 2008, no es necesario reunir periodo previo de cotización si el fallecido se encontraba en situación de alta o asimilada al alta. No se exige este requisito tampoco si la muerte se debe a un accidente laboral o enfermedad profesional.

Tratándose de un fallecimiento anterior a 2008, hay que acreditar un periodo de cotización de:

  • 500 días dentro de los 5 años inmediatamente anteriores al fallecimiento, o 15 años a lo largo de toda la vida laboral, en situación de alta o asimilada al alta.
  • 15 años a lo largo de toda la vida laboral, en situación de no alta.
  • No se exige periodo de cotización en el caso de los pensionistas.

Por otro lado, los hijos de las mujeres fallecidas a causa de violencia de género que se encuentren en circunstancias que se puedan equiparar a la orfandad absoluta, tendrán derecho a una pensión de orfandad aunque no reúnan los requisitos para ello.

¿Cuánto se cobra de pensión de orfandad?

Para calcular la pensión de orfandad hay que aplicar un 20% a la base reguladora del trabajador, que será distinta en función de la situación en la que se encontrara el fallecido en el momento del fallecimiento y de la causa del mismo.

Si no sobrevive ninguno de ambos progenitores, la pensión de orfandad aumentará en los importes legalmente establecidos, según el caso.

¿Cómo se cobra la pensión de orfandad?

La pensión se cobra cada mes, con dos pagas extraordinarias en los meses de junio y de noviembre. En los casos de accidente de trabajo y enfermedad profesional, las pagas extraordinarias se prorratean por meses.

¿A quién se le abona la pensión de orfandad?

Esta pensión se le abona al propio beneficiario si es mayor de edad, y a la persona que lo tenga a su cargo si se trata de un menor de 18 años.