La aceptación de herencia a beneficio de inventario

La aceptación de herencia a beneficio de inventario es un derecho de todos los herederos regulado en el Código Civil Español. El principal beneficio consiste en que el heredero no responderá con su patrimonio personal ante las deudas hereditarias. Será requisito que la herencia se acepte dentro del plazo legal establecido y se abone el Impuesto de Sucesiones.

Requisitos para la aceptación de herencia a beneficio de inventario

Un heredero que desee percibir la herencia bajo esta modalidad debe cumplir con ciertos requisitos básicos.

  1. Aceptar la herencia: siempre ha de manifestarse de forma escrita y clara la aceptación a beneficio de inventario ante Notario. Si se hace uso del derecho a deliberar, deberá informar dentro del plazo establecido su decisión al Notario.
  2. Disponer de un inventario de todos los bienes, de las obligaciones, cargas y deudas que conforman el caudal hereditario. Es fundamental que este inventario se presente en cumplimiento de los plazos y las formalidades legales requeridas.
  3. Pagar la tasa correspondiente al Impuesto de Sucesiones.

Implicaciones de aceptar la herencia a beneficio de inventario

La principal consecuencia es que el heredero responde a las deudas hereditarias, hasta donde cubra con la masa hereditaria. Su patrimonio personal se mantiene protegido y fuera del alcance de los acreedores del causante.

Este tipo de aceptación de herencias expresa un claro beneficio para aquellas personas que desconocen o tienen sospechas sobre lo que se hereda. Es una garantía para mantener a salvo los bienes propios, en el caso que el pasivo supere los activos.

La herencia siempre se acepta completa, es decir activo y pasivo. No es posible solo recibir los bienes y derechos, sin asumir las responsabilidades ante deudas y cargas. El efecto del beneficio de inventario es que se cumplirá con las responsabilidades solo con el patrimonio heredado.

El remanente que resulte después de la liquidación quedará en poder del heredero que ha aceptado a beneficio de inventario. En el Código Civil se establece un orden de pago de deudas comenzando por los legados. De esta forma, el caudal hereditario en administración debe utilizarse para los pagos en el orden fijado.

Plazos

Los plazos vinculados a la aceptación de la herencia no son prorrogables. Es por este motivo que se requiere actuar con inmediatez para no perder el derecho a elegir.

  1. Herederos con los bienes en su poder: 30 días a contar desde el momento de tener conocimiento de su condición como heredero.
  2. Herederos que no disponen de los bienes en su poder: 30 días naturales a contar desde la fecha fijada para la aceptación o negación de la herencia.

Presentación y resolución de Inventario

El inventario fiel y exacto del patrimonio heredado debe presentarse dentro de los 30 días que suceden a la citación de acreedores y herederos. A continuación, habrá otros 60 días para la resolución.

En casos excepcionales el Notario puede extender este periodo hasta un año máximo. Estos supuestos son:

  • Las distancias amplias en las que se ubican los bienes.
  • La cuantía de la herencia.
  • Otros casos para los cuales 60 días se estimen insuficientes.

Para la formación de inventario el interesado es quien presenta la solicitud y por ley se debe citar a acreedores, abogados, familiares, para que se determinen cuáles son los derechos y obligaciones que existen.

Pérdida del derecho a aceptar herencia a beneficio de inventario

Un heredero que conoce de los bienes que forman la masa hereditaria y los esconde u omite, perderá el beneficio.

Si no se respetan los plazos y formalidades para la iniciación o conclusión del inventario, solo quedará la opción de aceptar la herencia de manera pura y simple. Es indiferente si la omisión se produce por culpa o por una negligencia en el actuar.

Otro supuesto que implica la pérdida del derecho a la herencia a beneficio de inventario, es aquel en el que el heredero realiza ventas de los bienes antes de pagar a los acreedores o legatarios. O bien, si no destina el dinero de la venta para lo que estaba autorizada la venta.

¿Quiénes pueden aceptar el beneficio de inventario?

Todas las personas tienen el derecho de optar por este tipo de aceptación de herencia. El Código Civil expresa con absoluta determinación y claridad que ni siquiera la voluntad de un testador puede ir contra este derecho de los herederos.

Beneficios

El heredero que acepta una herencia a beneficio de inventario no deberá asumir con su propio patrimonio las costas de:

  • Préstamos, deudas en tarjetas de créditos y otros saldos negativos del fallecido causante de la herencia.
  • Deudas reclamadas por la vía judicial.
  • Deudas de una finca rústica que poseyera como activo.

¿Es lo mismo el beneficio de inventario que el derecho a deliberar?

Ambas figuras son modos de aceptación de una herencia que requieren de la confección de un inventario, están reguladas en el mismo Código, pero tienen sus diferencias.

  • La aceptación a beneficio de inventario requiere en primer lugar que la herencia sea aceptada de manera expresa y clara ante Notario.
  • En el derecho a deliberar el heredero se toma un plazo para decidir si aceptará o no la herencia.

Conclusión

La aceptación de herencia a beneficio de inventario es un derecho que tienen los herederos para percibir una herencia sin afectar sus bienes y derechos personales.

Se trata de una de las formas más utilizadas en la actualidad, para aceptar herencias y mantener separados los patrimonios hereditarios y personales.

Todas las personas pueden optar por esta modalidad, siempre que cumplan con los plazos y los requisitos formales que exige el Código Civil español. Si estos no se cumplen, se omite información en el inventario o no se utiliza el dinero de liquidación de bienes para el destino autorizado, se pierde el beneficio.

Es importante, antes de aceptar o renunciar a una herencia, disponer con el acompañamiento de un abogado especializado en Derecho Sucesorio. Estos expertos tienen los conocimientos para analizar la viabilidad de su caso y asesorar en el mejor modo de aceptar la herencia en cumplimiento de tiempos y formas legales.