tercio de mejora

El tercio de mejora en la herencia

Llamamos tercio de mejora a la proporción de la herencia legítima que el testador puede distribuir libremente entre sus descendientes. Para entender este concepto, es fundamental que antes conozcamos:

Te lo explicamos todo de modo esquemático en este artículo.

El proceso sucesorio y la legítima

Llamamos sucesión o herencia al proceso mediante el cual, tras el fallecimiento de una persona, otras pasan a adquirir sus bienes. A la persona fallecida se la conoce como causante, ya que su deceso es la causa de la sucesión.

Las sucesiones pueden producirse de dos formas:

  • Con testamento. En estos casos también podemos conocer al causante como testador, ya que es quien ha otorgado el testamento. En su testamento (que puede ser de diversos tipos) podrá determinar el destino de sus bienes tras su muerte.
  • Sin testamento. En estos casos hablamos de sucesión intestada o abintestato. Para evitar que el patrimonio del fallecido se quede sin propietario, el Código Civil regula una serie de normas que ordenan la sucesión intestada.

Cuando la sucesión se produzca sin testamento no tendremos problemas de legítima, ya que resultarán de aplicación las normas de la sucesión intestada.

Sin embargo, cuando la sucesión sí es testada, entrará en juego la legítima. La legítima es una limitación a la libertad de testar del causante.

Así, conocemos como legítima a una porción de los bienes del fallecido que quedan reservados por ley a determinados herederos, en virtud de su relación con el causante. Por eso, a estos herederos podemos denominarlos legitimarios o herederos forzosos.

Así, los herederos forzosos por antonomasia son los hijos o descendientes del causante. Siempre que el fallecido tenga hijos o herederos, a estos les corresponderán dos tercios de la herencia:

  • La legítima estricta. Se trata de un tercio de la herencia, que debe repartirse a partes iguales entre los herederos forzosos.
  • El tercio de mejora. Se trata de otro tercio de la herencia, que también se reserva a los herederos forzosos pero se reparte del modo que desee el testador.

El tercio de mejora

Conforme hemos visto, el tercio de mejora debe ir destinado necesariamente a los hijos y descendientes del fallecido. Pero, siempre que respete esta limitación, el testador podrá determinar cómo se reparte este tercio de la herencia.

Por ejemplo, supongamos que el causante tiene 3 hijos y su herencia asciende a 450.000 euros. En este caso:

  • 150.000 € (un tercio de la herencia, correspondiente a la legítima estricta) corresponderán por partes iguales a cada uno de los hijos (50.000 € por cabeza).
  • Otros 150.000 € (el tercio de mejora) corresponderán a los hijos, pero los podrá repartir del modo que prefiera. Por ejemplo:
    • Podría repartirlos a partes iguales, por lo que le corresponderían 50.000 € a cada uno de ellos.
    • Pero también podría premiar al único de sus hijos que le atendió durante su última enfermedad, dejándole los 150.000 € sin dejar nada al resto. En este caso, dos de los hijos recibirían 50.000 € y quien atendió a sus cuidados recibiría 200.000 €.
  • Por último, otros 150.000 € corresponderían al tercio de libre disposición. Respecto a esta cantidad, el testador podría disponer lo que quisiera. Nada le impide dejarla también a sus hijos. Pero también puede dejarla a sus amigos o una institución benéfica, por ejemplo.

Cuando el testador no haga un reparto del tercio de mejora, este se distribuirá a partes iguales entre todos los hijos o descendientes.

¿Cómo afecta el tercio de mejora a la herencia de los hijos y descendientes?

Ya ves que el tercio de mejora está protegido, pese a que el testador tenga cierta libertad a la hora de distribuirlo. Esto significa que si no se ha repartido entre los herederos forzosos, estos podrán impugnar el testamento.

La idea clave en este sentido es:

  1. Que los herederos forzosos tienen derecho a recibir su legítima. En caso contrario podrán impugnar el testamento.
  2. Que, cuando los herederos forzosos son los hijos o descendientes del causante, su legítima asciende a dos tercios de la herencia.
  3. Y que estos dos tercios se dividen:
    1. Legítima estricta: un tercio repartido a partes iguales.
    2. Y tercio de mejora: el segundo tercio repartido conforme ordene el testador. A falta de indicaciones se repartirá a partes iguales.

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